Desafiliación
Apreciado empresario AFILIADO, si decides trasladar tu empresa a la jurisdicción de otra cámara de comercio, no pierdes la condición de afiliado en tu nueva Cámara.
Cuando decidas cambiar tu domicilio principal a otra jurisdicción podrás solicitar tu afiliación a la cámara de comercio de la jurisdicción de tu nuevo domicilio, caso en el cual conservarás tu antigüedad, los derechos y obligaciones que te otorga esta calidad. La solicitud deberá presentarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la inscripción del cambio de domicilio.
Comunicado del Comité de Afiliados
El Comité de Afiliados de la Cámara de Comercio Aburrá Sur, actuando de conformidad con el artículo 18 de la Ley 1727 de 2014 y el artículo 2.2.2.38.2.13 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, se permite NOTIFICAR a las empresas que se relacionan a continuación que ya no podrán ostentar el título de afiliadas a la Cámara, debido a que se evidenció el incumplimiento de alguna de las condiciones o requisitos para ser afiliado dispuestas por la Ley 1727 de 2014.
Se informa a estos empresarios que contra la decisión aquí notificada, podrán solicitar la revisión de la decisión dentro de los tres (3) días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la respectiva comunicación remitida por correo físico o electrónico, mediante escrito en el cual justifique los motivos de su inconformidad. La Cámara hará la respectiva revisión en un término no mayor de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de su solicitud.
Impugnación ante la Supersociedades
Adicionalmente, tenga en cuenta que contra la decisión que resuelve la solicitud anterior procede impugnación ante la Superintendencia de Sociedades dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la decisión, remitiendo la información al correo electrónico webmaster@supersociedades.gov.co con copia al correo electrónico dircamaraselecciones@supersociedades.gov.co.
La Superintendencia de Sociedades deberá resolver la impugnación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1727 de 2014.
Apreciado empresario afiliado
Si decides trasladar tu empresa a la jurisdicción de otra cámara de comercio, puedes solicitar la afiliación en tu nueva cámara.
Cuando decidas cambiar tu domicilio principal a otra jurisdicción podrás solicitar tu afiliación a la cámara de comercio de la jurisdicción de tu nuevo domicilio, caso en el cual conservarás tu antigüedad, los derechos y obligaciones que te otorga esta calidad.
La solicitud deberá presentarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la inscripción del cambio de domicilio.