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En nuestro Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable composición podrá encontrar orientación para solucionar conflictos mediante el mecanismo de conciliación, conozca más en el siguiente video.

Qué es

Es un mecanismo alternativo a la justicia ordinaria, a través del cual las partes de manera libre y voluntaria solucionan de forma directa y en compañía de un tercero completamente neutral, que la ley denomina conciliador, los conflictos que se le pueden presentar en su vida diaria.

Cuando las partes concilian, el acuerdo al que llegan tiene los siguientes efectos:

  1. Hace tránsito a cosa juzgada, lo que significa que las partes no pueden iniciar procesos judiciales o utilizar otro método alternativo para la solución de conflictos frente a los mismos hechos que ya se conciliaron.
  2. Presta mérito ejecutivo, es decir, en cualquier momento si no se cumple con las condiciones que se establecieron en el acuerdo, se puede demandar a través de un proceso ejecutivo a la parte incumplida para que pague, entregué o realice lo que se acordó en la conciliación.

En qué caso acudir

Se acude al mecanismo de conciliación cuando se tiene un conflicto que se desee solucionar de manera ágil, rápida y oportuna tales como:

  • Inconvenientes con contratos de arrendamiento, compraventa y/u otros.
  • Problemas por la regulación de cuotas de alimentos y visitas.
  • Dificultades entre socios o accionistas en sociedades.
  • Inconvenientes en propiedades horizontales.
  • Problemas de propiedad intelectual.
  • Otros

Es importante aclarar que en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio Aburrá Sur, no se llevan conflictos de carácter laboral

Cómo lo solicito

Para presentar una solicitud de conciliación usted debe:

  1. Elaborar un documento dirigido al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio Aburrá Sur, en el cual se narre de manera breve los hechos por los cuales desea solicitar la conciliación.
  2. En el documento debe anotar la pretensión o pretensiones que usted requiere con la conciliación, es decir, lo que usted busca acordar.
  3. La solicitud debe tener los datos de contacto de las partes, tanto del convocante como del convocado, indicando en cada uno de ellos: el número de identificación, la dirección, el teléfono fijo y/o celular y el correo electrónico. Es importante tener certeza de las direcciones toda vez que es fundamental para el proceso de citación y notificación de las partes.
  4. Se debe relacionar y anexar las pruebas o documentos que se tengan frente a los hechos que se narran en la solicitud.
  5. En caso tal de que una o las partes correspondan a personas jurídicas, se debe anexar el certificado de existencia y representación legal de cada una de ellas. Si el convocante es una persona natural se debe anexar copia legible de su documento de identidad.

Muy importante: Teniendo en cuenta que actualmente el Centro solo está funcionando de manera virtual, una vez elaborados los documentos, debe enviarlos al correo electrónico conciliacion@ccas.org.co con el fin de revisar su solicitud e indicarle el valor a pagar y la forma de hacerlo. 

Si tiene dudas adicionales, puede comunicarse con nosotros a través del correo conciliacion@ccas.org.co

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