Tenga en Cuenta

Tenga en cuenta que al momento de formalizarse también deberá contemplar, dependiendo de la actividad a desarrollar, la existencia de otros registros y normas que deben tenerse en cuenta como:
- Registro Nacional de Turismo
- Sayco-Acinpro
- Inscripciones relacionadas con las obligaciones laborales con los trabajadores
- Registro de Trámites Sanitarios
- Normas técnicas NTC 6001
- Normas sectoriales que se aplican a la empresa
- Registro en Cámara de Comercio
- Registro de Marca
- Registro Invima
- Certificado de usos del suelo
La Cámara de Comercio Aburrá Sur le ofrece asesoría y acompañamiento en la identificación de los trámites necesarios para la formalización de su negocio a través de la Línea Única 444 2344
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No Olvide
El no cumplimiento de los requisitos o condiciones establecidas en la ley, pueden dar lugar a ser requeridos o sancionados por las autoridades de control y vigilancia de la actividad comercial, por ello, tenga en cuenta:
- Antes del 31 de marzo de cada año, todos los comerciantes matriculados deben renovar su matrícula y la de sus establecimientos de comercio.
- Como empresario usted adquiere obligaciones de orden tributario (pagos de impuestos nacionales y locales).
- Según lo dispuesto por el Artículo 19 del Código de Comercio, es deber de TODO comerciante llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. Tenga presente que el Libro Fiscal no es un sustituto o un equivalente a los Libros de Contabilidad, sino un documento equivalente a la Factura de Venta.
- Mientras esté vigente su actividad empresarial y/o comercial se mantienen activas todas sus obligaciones.
- Una vez finalice el ejercicio de la actividad empresarial o comercial, recuerde que debe cancelar la Matricula Mercantil.
- Sus actividades empresariales implican también realizar las gestiones de legalización laboral (Seguridad social: Afiliación a ARP, EPS, Caja de Compensación, etc.) para los empleados que vincule a su actividad comercial.