MODIFICACIÓN DE TARIFAS DECRETO 045
A partir del 1 de enero de 2025, entró en vigencia el Decreto 045 del Gobierno Nacional, el cual modificó la estructura de tarifas para la renovación de matrícula mercantil y demás servicios registrales.
Preguntas frecuentes
¿Por qué cambiaron las tarifas?
El Gobierno nacional, en uso de sus competencias, estableció que las tarifas por registro y
renovación de la Matricula Mercantil y de establecimientos comerciales, agencias y sucursales,
deben ser progresivas, consultar los activos de los empresarios y responder a un sistema de
escalas diferenciales. En tal sentido expidió el Decreto 045 de 2024 en el cual los rangos y la
forma de calcular las tarifas fueron modificadas.
¿Cómo puedo conocer cuánto debo pagar este año por la renovación de la Matrícula
Mercantil?
Para conocer el valor que debe cancelar por concepto de la renovación de su Matrícula
Mercantil puede consultarlo a través de nuestro simulador, ingresando aquí.
¿Si no renové años anteriores y deseo ponerme al día en 2025, me aplica el cambio de
tarifa para los años que debo?
No. El Decreto 045 de 2024 entró en vigor desde el 1 de enero de 2025, es por ello que
solo el año de renovación 2025 será liquidado con lo establecido en dicha norma, para las
renovaciones de años anteriores se aplicará la tarifa que se tenía establecida para cada año.
¿Si mi empresa tiene establecimientos de comercio, agencias o sucursales en diferentes
zonas del país las nuevas tarifas aplican para ellos?
Sí. El Decreto 045 del Gobierno nacional modificó el valor de las tarifas para la renovación de
los establecimientos de comercio, agencias y sucursales.
¿Se ampliará el plazo para la renovación de la Matricula Mercantil?
No. El plazo para la renovación de la Matrícula Mercantil no cambia. Los empresarios deben
hacer la renovación antes del 31 de marzo de 2025. Es importante recordar que renovar a
tiempo lo hace visible en el mercado, le permite acceder a un amplio portafolio de servicios
gratuitos de desarrollo empresarial y conectarse con redes empresariales para ampliar su
base de clientes, identificar proveedores y competencia.
¿Para renovar la Matrícula Mercantil debo llevar documentación diferente a la presentada
en años anteriores?
No. La información que debe presentar para la renovación de la Matrícula Mercantil continúa
siendo la misma, esto es el formulario RUES debidamente diligenciado ya sea de manera
presencial o virtual.
¿Voy a tener los mismos beneficios por renovar a tiempo mi Matrícula Mercantil?
Los comerciantes que renueven antes del 31 de marzo su Matrícula Mercantil tienen derecho a acceder a información gratuita que les permite conocer el mercado, la competencia, ampliar su base de proveedores y clientes. De igual manera tienen acceso a un amplio portafolio de servicios de desarrollo empresarial en temas prioritarios para la gestión de las empresas. Conoce más aquí
¿El Decreto 045 cambia las tarifas de inscripción, renovación y cancelación del Registro
Único de Proponentes?
El Decreto 045 expedido por el Gobierno nacional no aplica para el Registro Único de
Proponentes y RUNEOL.
¿Cambiaron las tarifas para expedición de certificados y otros documentos?
Sí. El Decreto 045 expedido por el Gobierno nacional modifica el valor que debe pagarse por
la expedición de certificados y otros actos. Consulte los valores en nuestra página web.
¿Está la Cámara de Comercio preparada para atender los cambios de las tarifas?
Sí. La plataforma tecnológica utilizada para gestionar y liquidar los trámites registrales se
encuentra actualizada con las nuevas tarifas definidas en el Decreto 045 expedido por el
Gobierno nacional.